Ley del 10 de abril de 1848
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Después de la guerra de Independencia, la nación sufrió una gran escasez en recursos fiscales, es por ello que la política de tierras baldías, anterior a la Ley del 10 de abril de 1848, se orientó a satisfacer la deuda pública y, en particular, la de haberes militares. Además buscó fomentar la inmigración dándole concesiones de baldíos a los extranjeros, promoviendo la vialidad, buscando el poblamiento, impulsando la agricultura, mejorando las comunicaciones y aplicando la reducción de indígenas. Sin embargo, su objetivo principal fue la obtención de ingresos fiscales y el pago de la deuda pública.
Aún cuando se aplicaron estas políticas, la Oligarquía Conservadora debió enfrentarse a diversos problemas, entre ellos el incumplimiento e ineficacia de la Ley de tierras baldías, calificada como insuficiente e inadecuada a las circunstancias de la época. Esta situación llevó a la mayoría a pronunciarse por la reforma de la ley o por la creación de una nueva.
Entre 1837 y 1839 se insistió en la necesidad de promulgar una nueva ley. El Gobierno, el Poder Ejecutivo y las autoridades provinciales se pronunciaron por ello y así lo hicieron saber en numerosos informes, expresando que “…las irregularidades en la enajenación y usufructo de las tierras nacionales (…) son la mejor prueba de la necesidad que tenía la República de una nueva ley sobre la materia” (Gómez, 1971, p, XXXIX).
Se elaboró entonces, como resultado de todo un proceso iniciado desde 1832, la Ley del 10 de abril de 1848, adquiriendo su estructura definitiva en 1847 luego de ser discutida en la Cámara del Senado.
Esta ley buscaba proporcionar ventajas al erario y a la agricultura y facilitar a los particulares porciones de baldíos para establecimientos de agricultura y cría. Además coincidía con la Ley del 13 de octubre de 1821, en cuanto a la enajenación de los baldíos para el fomento de la agricultura.
Su mayor objetivo fue el de favorecer la apropiación privada de la tierra para que los dueños de éstas sacaran de ellas la mayor utilidad posible y, a su vez, lograr que los ingresos del tesoro aumentaran debido al precio de las enajenaciones.
Para lograr dichos objetivos se aplicaría la averiguación, mensura, formación de planos y justiprecio de las tierras baldías, sobre todo en aquellas que, por su calidad y situación, fueran las más adecuadas para la agricultura y cría.
Otro de los puntos era la venta de tierras, cuyo precio sería estipulado por expertos en la materia y se haría en subasta pública, admitiendo billetes de deuda nacional como forma de pago.
Aparte de los objetivos ya mencionados, la Ley se orientó al desarrollo de la inmigración, ofreciendo tierras necesarias para el cultivo. También ofreció recompensas a los militares y sus familiares, la dotación de ejidos a las provincias y la creación de ferrocarriles.
Todos estos intentos relacionados con la venta de baldíos no fueron suficientes para obtener importantes ingresos fiscales, aún cuando el Erario canceló una parte de la deuda. Además, la agricultura tuvo un escaso rendimiento, según el secretario de Hacienda, y no se logró aumentar la producción agrícola. Muchas de estas tierras solicitadas terminaron sirviendo solo a la especulación y no a una verdadera producción.
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